Mediante la acción de inconstitucionalidad 25/2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos demandó, entre otras cosas, la invalidez del artículo 136, fracción IV, de la Ley de Hacienda del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo, disposición que establecía que debía pagarse 1.1 UMAs por cada disco compacto que se utilizara para la reproducción y entrega de información que en su caso fuera requerida por los particulares.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la disposición ya citada bajo el argumento de que, tratándose del derecho de acceso a la información, los únicos cobros que pueden realizarse deben ser tendientes a recuperar los costos generados por la reproducción de dicha información; por otro lado, también argumentó que ni en el proceso legislativo, ni la propia Ley de Hacienda justifican de forma razonable el cobro establecido.
Consulta el comunicado completo en: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6538
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